Autoridades de Texcoco llaman a no adquirir terrenos irregulares para uso habitacional

Quien fracciona un predio fuera del límite del Plan de Desarrollo Urbano está incurriendo en un delito penal, quien compra corre el riesgo de perder su patrimonio.

SOCIEDAD 15/03/2023 Redacción VJ
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El Ayuntamiento de Texcoco, a través de la Dirección de Desarrollo Urbano municipal, dio a conocer las zonas donde no es posible construir viviendas, considerando el Plan Municipal de Desarrollo Urbano 2003, donde se tiene cartografiado cada uno de los asentamientos irregulares por zonas urbanas, de crecimiento y zonas comerciales, además de lugares donde se puede o no construir. 

Juan José Domingo Sánchez Calixto, titular de la Dirección de Desarrollo Urbano, explicó que el territorio de Texcoco limita con las áreas naturales protegidas por un decreto estatal desde febrero del 2022, divididas en: el Lago de Texcoco, Molino de las Flores, Sistema Tezcotzingo y la zona Ixta-Popo, las que son “intocables”.

 “La zona lacustre, es decir la baja montaña, catalogada como zona de uso de suelo agropecuario, son predios de siembra y pastoreo, estos se ubican en  Coatlinchán, Montecillos, Boyeros, San Bernardino; la costa chica que comprende las comunidades de San Felipe, Tocuila, La Magdalena Panoaya,  tienen marcado cuál es su zona urbana, hasta donde pueden crecer la comunidad y desde donde empieza la zona agropecuaria. Es ahí donde entramos para cuidar nuestra zona de reserva", indicó.

La montaña es la más importante porque ahí se recargan los mantos acuíferos, es una fábrica natural de oxígeno para todo el Valle de México. 

Ante ello pidió a la ciudadanía se informe antes de adquirir una propiedad en territorio municipal, pues existe un gran problema con gente que ha comprado terrenos en estas zonas y presentan problemas de acreditación patrimonial, finalmente son áreas irregulares, dejando sin certeza jurídica su situación; además, adquirir servicios como agua, drenaje y luz se vuelve complicado, los vendedores no proporcionan la urbanización básica porque el municipio no suministra servicios en zona irregulares o fuera de los límites marcados por el Plan de Desarrollo Urbano.

Se hace un llamado a adquirir propiedades que cuenten con escritura, en el caso de los predios ejidales un título parcelario siempre y cuando tengan licencia de uso de suelo habitacional, además de estar dados de alta ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM).

Por otro lado, si es un predio que se desprende de otro más grande, este debe contar con la licencia de subdivisión emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra del Edomex.

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