Emite la CNDH recomendación al HGZ 197 en Texcoco tras fallecimiento de una mujer

SOCIEDAD02/11/2020 Redacción VJ
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La comisión Nacional de Derechos Humanos, emitió una recomendación dirigida al Titular del IMSS, Zoe Robledo, tras el fallecimiento de una mujer en el Hospital General de Zona 197, ubicado en Texcoco, México.

El pasado 1 de septiembre, una mujer de 58 años de edad, acudió al servicio de urgencias de dicho hospital debido a que presentaba un cuadro clínico de un día de evolución, caracterizado por “disnea”, que engloba dificultad para respirar, falta de aire o ahogo.

La mujer fue hospitalizada, permaneciendo así hasta el 17 del mismo mes, cuando los médicos la dieron de alta, pues su estado de salud presentaba supuesta mejoría.

El 21 de septiembre de 2019, nuevamente acudió al servicio de Urgencias del HGZ-197, ya que padecía sensación de falta de aire, dolor de la región dorsal, astenia y adinamia, estableciéndose en ese servicio que presentaba “...retención hídrica y datos de uremia...”, por lo que se indicó como tratamiento el manejo de diálisis peritoneal e ingresó a hospitalización en el servicio de Medicina Interna.

La mujer presentó su queja ante la CNDH el 25 de septiembre, argumentando que no había recibido, hasta ese momento, ningún tratamiento de diálisis o hemodiálisis por parte  del HGZ-197, pese a que desde el 21 del mismo mes y año se había determinado la necesidad de brindarle tratamiento de diálisis peritoneal.

Esa misma mañana, la mujer sufrió un paro cardio - respiratorio, que le ocasionó la muerte.

La CNDH indicó que los servidores públicos del IMSS tampoco realizaron una valoración integral y exhaustiva en su calidad de persona portadora de diabetes mellitus tipo 2, lo que era un factor de riesgo que, repercutió en la imposibilidad de identificar y atender oportunamente las manifestaciones clínicas que presentó la agraviada, lo que derivó en el deterioro de su estado de salud y posterior deceso, incurriendo también en responsabilidad institucional.

Entre otras, El IMSS deberá coordinarse con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para reparar integralmente los daños causados a los familiares que acrediten el derecho, que incluya una compensación justa y suficiente, y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso a la atención psicológica y tanatológica.

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