Gobierno de Chimalhuacan y Coprisem capacitan a propietarios de purificadoras en riesgos sanitarios

SALUD04/07/2023 Redacción VyJ
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Chimalhuacan, Edomex.- El Gobierno de Chimalhuacán, a través de la Dirección de Salud y el Departamento de Comercio Establecido, en coordinación con la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM), impartió la capacitación denominada “Agua purificada y hielo potable” a aproximadamente 100 propietarios de purificadoras de la demarcación, con el objetivo de vigilar que cumplan con las normas vigentes y se proteja a los consumidores de alguna enfermedad a causa del consumo de agua contaminada.

El Director de Salud, Hugo Sergio González Rosales, expresó que para el Gobierno Municipal es fundamental que los dueños de las purificadoras sigan las normas sanitarias para operar sus negocios, con el propósito de evitar cualquier venta de agua contaminada que pueda desencadenar un brote de cólera o hepatitis entre la población.

Por su parte, Minerva Rodríguez Olalde, titular del Departamento de Comercio Establecido, indicó que esta capacitación es un acercamiento con los dueños de purificadoras para que cuenten con todos sus documentos de funcionamiento ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y el Ayuntamiento.

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La capacitación, realizada en el Museo “Chimaltonalli”, fue impartida por personal de la Jurisdicción Sanitaria número 8 de Texcoco, quienes explicaron diversos requerimientos para operar purificadoras basados en la Norma 251 y 201, acerca del manejo del agua y el hielo, así como alimentos y bebidas para el consumo humano.

Durante el evento, los expositores explicaron algunos de los procesos que el personal de una purificadora debe de seguir como: La verificación del producto, el lavado, enjuague y desinfección del garrafón, el sellado en el área de llenado, así como el mantenimiento y la calibración de equipos.

Acerca de las amonestaciones y suspensiones, dijeron que éstas pueden derivarse de: no tener un área de llenado debidamente identificada; aplicar sello sin personalizar con la razón social, el domicilio y el RFC; no contar con control de plagas y fumigación, ni con un aviso de funcionamiento de salubridad expedido por la COFEPRIS, entre otros.

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